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Tribunal Anula la Ley de California que Penaliza el Uso Indebido de Pronombres

Christian Headlines, por Michael Foust: Una ley de California que penalizaba el «misgendering» y el mal uso de los pronombres es inconstitucional en virtud de la Primera Enmienda, según una nueva decisión del tribunal de apelaciones del estado.

Se trata de una ley californiana multifacética de 2017 que imponía nuevas restricciones a los centros de atención de larga duración y estaba orientada a proteger a los residentes LGBT. Fue bautizada como la «Declaración de Derechos de los Residentes de Centros de Cuidados de Larga Duración de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales».

La semana pasada, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones de California anuló por unanimidad una sección de la ley que prohíbe a los empleadores utilizar pronombres incorrectos. La violación de la ley podía someter al empleador a sanciones penales, incluidas multas y penas de cárcel.

«Reconocemos que el uso de pronombres erróneos puede ser irrespetuoso, descortés e insultante, y que se utiliza como una forma inartante de expresar un desacuerdo ideológico con la identidad de género expresada por otra persona», dictaminó el tribunal. «Pero la Primera Enmienda no protege sólo el discurso que articula inofensiva y artísticamente el punto de vista de una persona. Como mínimo, la negativa voluntaria a referirse a las personas transgénero por sus pronombres preferidos transmite un desacuerdo general con el concepto de que la identidad de género de una persona puede ser diferente del sexo que se le asignó al nacer.

«Concluimos que la disposición sobre los pronombres -ya sea aplicada mediante sanciones penales o civiles- es excesivamente inclusiva en el sentido de que restringe más la expresión de lo necesario para lograr el interés imperioso del gobierno de eliminar la discriminación, incluido el acoso, por razón de sexo».

La ley californiana «tipifica como delito incluso los casos ocasionales, aislados y fuera de lugar de uso indebido de la palabra por razón de sexo -siempre que haya habido al menos un caso anterior- sin exigir que esos casos ocasionales de uso indebido de la palabra por razón de sexo constituyan una conducta de acoso o discriminación».

El artículo en cuestión considera ilegal «no utilizar voluntaria y repetidamente el nombre o los pronombres preferidos de un residente después de haber sido claramente informado del nombre o los pronombres preferidos».

Eugene Volokh, profesor de Derecho de la Universidad de California-Los Ángeles, escribió en su blog que la decisión es «significativa y digna de mención».

El Consejo de la Familia de California calificó el fallo como una «victoria», señalando que el Tribunal Supremo de Estados Unidos también anuló este mes el requisito de California de que las organizaciones sin ánimo de lucro revelen la identidad de sus principales donantes.

«Este patrón de decisiones legales demuestra que California no tiene ninguna consideración real por la Constitución de los Estados Unidos o la ley federal cuando la agenda radical de la izquierda entra en conflicto con esa ley», dijo el Consejo de la Familia de California en un comunicado. «El patrón también demuestra, sin embargo, que cuando se desafía vigorosamente en los tribunales, hay una buena probabilidad de que el estado sea llamado públicamente por sus violaciones específicas de la ley».

Nuestro comentario:
En un raro desplante al movimiento LGBTQ+, los jueces adoptaron una posición de principio constitucional. Hoy en día, lo normal es que sea en sentido contrario. Por eso la sentencia es notable, aunque no debería serlo.

Conexión Profética:
«Dedicad estudio a elegir domicilio y establecer vuestros hogares tan lejos como podáis de Sodoma y Gomorra. Manteneos alejados de las ciudades grandes. Si es posible, estableced vuestros hogares en el tranquilo retiro del campo, aun cuando al hacerlo no podáis enriqueceros. Estableceos donde impere la mejor influencia.» El Hogar Cristiano, pág. 122.


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